Condiciones de entrega

Las piezas y accesorios mencionados en nuestro sitio web, junto con sus números correspondientes, han sido recopilados cuidadosamente según la información disponible para nosotros. No obstante, no podemos asumir responsabilidad alguna por posibles errores en esta información ni por números solicitados incorrectamente por el cliente.

Transporte
El objetivo es que los pedidos se entreguen en un plazo de 2 días después de la realización del pedido. Existe la posibilidad de entrega anticipada; póngase en contacto con nosotros para conocer las condiciones. Para entregas dentro de los Países Bajos inferiores a € 500, sin IVA, se cobrarán gastos de envío. A partir de € 500, la entrega será franco porte. Para entregas fuera de los Países Bajos se aplican otras tarifas.

Condiciones de entrega
Artículo 1: Aplicabilidad
1.1 Estas condiciones se aplican a todas las ofertas, a todos los acuerdos que celebramos y a todos los acuerdos que puedan derivarse de ellos. We R Parts B.V. se denomina contratista o vendedor. La contraparte se denomina cliente o comprador.
1.2 Las condiciones generales del cliente no son aplicables y se rechazan expresamente.

Artículo 2: Ofertas
2.1 Todas las ofertas son sin compromiso.
2.2 Si el cliente facilita al contratista datos, planos, etc., el contratista podrá asumir que son correctos y basará su oferta en ellos.
2.3 Los precios para empresas no incluyen IVA ni embalaje. Para particulares, los precios incluyen IVA y no incluyen embalaje.
2.4 Si su oferta no es aceptada, el contratista tendrá derecho a cargar al cliente todos los costes en los que haya incurrido para realizar dicha oferta.

Artículo 3: Plazo de entrega
3.1 El plazo de entrega será fijado por el contratista de forma aproximada.
3.2 Al fijar el plazo de entrega, el contratista parte de la base de que puede ejecutar el pedido en las circunstancias que conoce en ese momento.
3.3 El plazo de entrega comienza cuando se ha alcanzado acuerdo sobre todos los detalles técnicos, el contratista dispone de todos los datos necesarios, pedidos definitivos, etc., se ha recibido el pago acordado, ya sea parcial o anticipado, y se han cumplido las condiciones necesarias para la ejecución del pedido.
3.4 Si se presentan circunstancias distintas de las conocidas por el contratista cuando fijó el plazo de entrega, el contratista podrá ampliar el plazo de entrega por el tiempo necesario para ejecutar el pedido bajo esas circunstancias. Si los trabajos no pueden incorporarse a la planificación del contratista, se completarán tan pronto como su planificación lo permita.
3.5 La superación del plazo de entrega acordado no dará en ningún caso derecho a indemnización, salvo que se haya acordado por escrito.

Artículo 4: Transmisión del riesgo
4.1 En caso de compraventa, la entrega se realiza franco fábrica; el riesgo de la cosa se transmite en el momento en que el vendedor la pone a disposición del comprador.
4.2 Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, el cliente y el contratista pueden acordar que el contratista se encargue del transporte. El riesgo de almacenamiento, carga, transporte y descarga recaerá también en ese caso sobre el cliente. El cliente podrá asegurarse contra estos riesgos.
4.3 También en caso de que el vendedor instale y/o monte la cosa vendida, el riesgo de la cosa se transmite en el momento en que el vendedor pone las cosas a disposición del comprador en el establecimiento del vendedor o en otro lugar acordado.
4.4 Si en una compraventa existe una entrega a cambio y el comprador continúa utilizando la cosa entregada a cambio mientras espera la entrega de la nueva cosa, el riesgo de la cosa entregada a cambio permanece en el comprador hasta que este la haya puesto en posesión del vendedor.

Artículo 5: Modificación de precios
5.1 Si después de la fecha de celebración del contrato transcurren cuatro meses y el cumplimiento por parte del contratista aún no se ha completado, podrá repercutirse al cliente un aumento de los factores determinantes del precio.
5.2 El pago del aumento de precio mencionado en el apartado 1 se realizará al mismo tiempo que el pago del principal o del último plazo.

Artículo 6: Imposibilidad de ejecutar el pedido
6.1 El contratista tiene derecho a suspender el cumplimiento de sus obligaciones si, debido a circunstancias que no eran previsibles al celebrar el contrato y que están fuera de su esfera de influencia, se ve temporalmente impedido de cumplir sus obligaciones.
6.2 Entre las circunstancias no previsibles para el contratista y fuera de su esfera de influencia se incluyen, entre otras, que los proveedores y/o subcontratistas del contratista no cumplan sus obligaciones, o no lo hagan a tiempo, las condiciones meteorológicas, terremotos, incendios, pérdida o robo de herramientas, pérdida de materiales a procesar, bloqueos de carreteras, huelgas o interrupciones laborales y restricciones de importación o comercio.
6.3 El contratista no está facultado para suspender el cumplimiento si este es permanentemente imposible o si una imposibilidad temporal ha durado más de seis meses. El contrato podrá entonces resolverse respecto de la parte de las obligaciones que aún no se haya cumplido. En tal caso, las partes no tendrán derecho a indemnización por los daños sufridos o por sufrir como consecuencia de la resolución.

Artículo 7: Garantía
7.1 El contratista garantiza durante un período de tres meses después de la entrega o finalización la correcta ejecución de la prestación acordada.
7.2 Las piezas reparadas por el contratista o sustituidas por el contratista deberán enviarse al contratista franco porte. El desmontaje y montaje de estas piezas, así como los posibles gastos de viaje y estancia, correrán a cargo del cliente.
7.3 Si la prestación acordada consiste en el procesamiento de materiales suministrados por el cliente, el contratista garantiza durante el período mencionado en el apartado 1 la correcta ejecución del procesamiento. Si resulta que un procesamiento no se ha realizado correctamente, el contratista decidirá si:
- realiza de nuevo el procesamiento. En ese caso, el cliente deberá suministrar nuevo material por su cuenta;
- corrige el defecto. En ese caso, el cliente deberá devolver el material al contratista franco porte;
- abona al cliente una parte proporcional de la factura.
7.4 Si la prestación acordada consiste en la entrega de una cosa, el contratista garantiza durante el período mencionado en el apartado 1 la idoneidad de la cosa entregada. Si resulta que la entrega no ha sido correcta, la cosa deberá devolverse al contratista franco porte. A continuación, el contratista decidirá si:
- repara la cosa;
- sustituye la cosa;
- abona al cliente una parte proporcional de la factura.
7.5 Si la prestación acordada consiste total o parcialmente en la instalación y/o montaje de una cosa entregada, el contratista garantiza durante el período mencionado en el apartado 1 la correcta instalación y/o montaje. Si resulta que la instalación y/o el montaje no se han realizado correctamente, el contratista lo reparará. Los posibles gastos de viaje y estancia correrán a cargo del cliente.
7.6 Para aquellas piezas para las que el cliente y el contratista lo hayan acordado expresamente por escrito, se aplicará la garantía del fabricante. Si el cliente ha tenido la oportunidad de conocer el contenido de la garantía del fabricante, esta sustituirá a la garantía basada en este artículo.
7.7 El cliente deberá en todos los casos ofrecer al contratista la oportunidad de corregir un posible defecto o de realizar de nuevo el procesamiento.
7.8 El cliente solo podrá invocar la garantía después de haber cumplido todas sus obligaciones frente al contratista.
7.9 a. No se concede garantía por defectos que sean consecuencia de:
- desgaste normal;
- uso inadecuado;
- mantenimiento no realizado o realizado incorrectamente;
- instalación, montaje, modificación o reparación por el cliente o por terceros.
b. No se concede garantía por cosas entregadas que no fueran nuevas en el momento de la entrega.

Artículo 8: Reclamaciones
El cliente ya no podrá invocar un defecto en la prestación si no ha reclamado por escrito al contratista dentro de los 14 días posteriores a haber descubierto el defecto o a haberlo debido descubrir razonablemente.

Artículo 9: Cosas no retiradas
Cuando las cosas no hayan sido retiradas después de expirar el plazo de entrega, permanecerán a disposición del cliente. Las cosas no retiradas se almacenarán por cuenta y riesgo del cliente. El contratista siempre podrá hacer uso de la facultad prevista en el artículo 6:90 del Código Civil neerlandés.

Artículo 10: Pago
10.1 El pago se realizará en el lugar de establecimiento del contratista o en una cuenta designada por el contratista.
10.2 Salvo acuerdo en contrario, el pago se realizará de la siguiente manera:
a. en ventas de mostrador, en efectivo;
b. si se ha acordado el pago a plazos: dentro de los 14 días posteriores a la fecha de factura;
c. envíos contra reembolso;
d. domiciliación bancaria mediante un contrato de domiciliación previamente acordado;
e. en todos los demás casos, pago anticipado de la factura en el número de cuenta indicado.
10.3 Independientemente de las condiciones de pago acordadas, el cliente está obligado, a petición del contratista, a proporcionar una garantía de pago que el contratista considere suficiente. Si el cliente no cumple dentro del plazo establecido, incurrirá inmediatamente en mora. En ese caso, el contratista tendrá derecho a resolver el contrato y reclamar sus daños al cliente.
10.4 Se excluye el derecho del cliente a compensar sus reclamaciones frente al contratista, salvo en caso de quiebra del contratista.
10.5 La totalidad de la reclamación de pago será inmediatamente exigible si:
a. se ha superado un plazo de pago;
b. el cliente ha sido declarado en quiebra o solicita suspensión de pagos;
c. se embargan bienes o créditos del cliente;
d. el cliente, si es una sociedad, es disuelto o liquidado;
e. el cliente, si es una persona física, queda bajo curatela o fallece.
10.6 Cuando el pago no se haya realizado dentro del plazo acordado, el cliente deberá inmediatamente intereses al contratista. El interés será del 10% anual, pero será igual al interés legal si este es superior. Para el cálculo de intereses, una parte del mes se considerará un mes completo.
10.7 Cuando el pago no se haya realizado dentro del plazo acordado, el cliente deberá al contratista todos los costes extrajudiciales con un mínimo de € 50. Los costes se calculan de la siguiente manera:
Sobre los primeros € 3.000 - 15%
Sobre el exceso hasta € 6.000 - 10%
Sobre el exceso hasta € 15.000 - 8%
Sobre el exceso hasta € 60.000 - 5%
Sobre el exceso a partir de € 60.000 - 3%

Si los costes extrajudiciales realmente incurridos son superiores a los resultantes del cálculo anterior, se deberán los costes realmente incurridos.
10.8 Si el contratista obtiene una resolución favorable en un procedimiento judicial, todos los costes en los que haya incurrido en relación con dicho procedimiento correrán a cargo del cliente.

Artículo 11: Reserva de dominio y derecho de prenda
11.1 Después de la entrega, el contratista seguirá siendo propietario de las cosas entregadas mientras el cliente:
a. incumpla o vaya a incumplir sus obligaciones derivadas de este contrato o de otros contratos similares;
b. no haya pagado reclamaciones derivadas del incumplimiento de los contratos mencionados, como daños, penalizaciones, intereses y costes.
11.2 Mientras exista reserva de dominio sobre las cosas entregadas, el cliente no podrá gravarlas fuera del ejercicio normal de su actividad empresarial.
11.3 Después de que el contratista haya invocado su reserva de dominio, podrá recuperar las cosas entregadas. El cliente permitirá al contratista acceder al lugar donde se encuentren dichas cosas.
11.4 Si el contratista no puede invocar su reserva de dominio porque las cosas entregadas se han mezclado, transformado o incorporado, el cliente estará obligado a constituir una prenda a favor del contratista sobre las cosas recién formadas.

Artículo 12: Resolución
Si el cliente desea resolver el contrato sin que exista incumplimiento por parte del contratista y el contratista acepta, el contrato se resolverá de mutuo acuerdo. En ese caso, el contratista tendrá derecho a indemnización por todos los daños patrimoniales, como pérdidas sufridas, lucro cesante y costes incurridos.

Artículo 13: Derecho aplicable y elección de foro
13.1 Se aplica el derecho neerlandés.
13.2 No se aplica la Convención de Viena sobre Compraventa Internacional de Mercaderías (C.I.S.G.), ni ninguna otra normativa internacional cuya exclusión esté permitida.
13.3 Solo el juez civil competente en el lugar de establecimiento del contratista conocerá de los litigios, salvo que esto sea contrario al derecho imperativo. El contratista podrá apartarse de esta regla de competencia y aplicar las normas legales de competencia.
13.4 Las partes podrán acordar otra forma de resolución de conflictos, como arbitraje o mediación.
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